Plazo de solicitudes

La solicitud de las ayudas reguladas en el presente decreto, podrán presentarse en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la fecha del nacimiento, adopción o acojimiento.

Para ampliar informacion puede consultar el DOE del 29 de diciembre de 2014

Para cualquier gestion no dude en acudir a CMONTA SL

Por su tranquilidad nosotros nos encargamos de sus trámites administrativos.

CONSÚLTENOS: Tlf: 924730812, o a través del siguiente cuestionario.

Objeto:

- El nacimiento, adopción, acojimiento o equivalente a familias extremeñas.

Requisitos:

- Ser padre o madre por naturaleza, adopción o equivalente.

- La Renta anual disponible en la unidad familiar no supere 3 veces el IPREM para familias de hasta dos hijos.

- El solicitante debe estar empadronado en Extremadura y el menor, empadronado con el solicitante. Además, quienes residan en poblaciones de menos de 3000 habitantes, deben figurar empadronados con una antigüedad de tres años anteriores a la fecha de solicitud.

Cuantía de la ayuda:

- 1400 € por nacimiento, adopción o equivalente en poblaciones no superiores a 3000 habitantes

- 500 € por el segundo hijo en poblaciones de más de 3000 habitantes.

- 1000€ por el tercer hijo y sucesivos en poblaciones de más de 3000 habitantes.