Plazo de solicitudes

El plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentación de las solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente orden y finalizará el 31 de diciembre

Concesion de las ayudas

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta.

El plazo máximo de resolución y notificación será de dos meses a contar desde de la presentación de la solicitud. Si transcurrido ese plazo máximo, el órgano competente para resolver no hubiera notificado la resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada su solicitud de ayuda.

Para ampliar informacion puede consultar el DOE del 14 de juli ode 2014

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CONSÚLTENOS: a través del siguiente cuestionario.

Beneficiarios:

- Las personas físicas y las pequeñas y medianas empresas, que inicien una actividad económica, empresarial o profesional, con ánimo de lucro, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- Este año como novedad también podrán beneficiarse las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que cumplan ciertos requisitos.


Algunos requisitos:

- Estar en alta en el censo de empresarios y profesionales (modelos 036 ó 037)
- Radicar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, así como en sus obligaciones con la Seguridad Social.


Cuantía de la ayuda:

El importe de la subvención ascenderá al 100 % de los gastos subvencionables, con el límite por beneficiario de 1.000 €.

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